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El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María informa que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Cádiz ha desestimado el recurso interpuesto por Doña María Dolores Guerrero Muñoz, ex interventora municipal, contra el alcalde, varios concejales y distintos técnicos de esta Administración, a los que demandó alegando haber sufrido acoso moral, reclamando una indemnización de 150.000 euros.
El Juzgado ha desestimado, por tanto, en sentencia del 29 de enero de 2024, N º 12/2024, la reclamación formulada el 13 de enero del pasado 2023 donde la ex interventora exigía el reconocimiento por parte del Ayuntamiento de El Puerto de acoso moral, así como su solicitud de indemnización en la cuantía de 150.000 euros, al no haber encontrado en las declaraciones de testigos, correos, reuniones o notas de prensa manifestaciones ofensivas o degradantes contra la demandante, que prueben dicho acoso.
Indicando textualmente que “ni se puede calificar de mobbing el legal y exigible ejercicio de la jerarquía o poder de decisión o el establecimiento de objetivos por la organización por parte de un superior frente a los trabajadores de una organización. No apreciándose vulneración de los derechos fundamentales invocados”.
En la sentencia se pone de manifiesto que discrepar desde un punto de vista técnico, jurídico o económico en ningún caso puede ser considerado acoso moral.
Desde el Ayuntamiento de El Puerto se ha recibido la sentencia con satisfacción ya que queda probado que ni el alcalde ni el resto de los demandados ejercieron acoso alguno sobre la interventora, ni hubo hostigamiento, humillaciones, insultos o menoscabo hacia su figura, ni a nivel personal ni profesional. Ni aislamiento respecto al resto de compañeros, ridiculización o humillación. De la misma forma que se constata que “no se observa ese plan preconcebido” -que ella denuncia- por parte de los demandados de la Administración Local.
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