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El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María impulsa una actualización integral de su Reglamento de Protocolo, Ceremonial, Honores y Distinciones, con el objetivo de adaptar la normativa a las necesidades institucionales actuales, ordenar su contenido y ofrecer un marco más claro, completo y transparente.
La nueva regulación unifica en un único texto aspectos relacionados con la simbología e identidad de la ciudad, el ceremonial, las precedencias, los actos municipales y el régimen de honores y distinciones, incorporando además materias que hasta ahora no estaban reguladas de forma completa.
Entre las principales novedades destaca la regulación expresa de los títulos de la ciudad, el Escudo y la Bandera, el Bastón de Mando, las medallas de Alcaldía y de la Corporación y la figura tradicional de los Maceros. También se establecen normas más precisas sobre la organización y presidencia de los actos municipales, las precedencias y la participación institucional en las celebraciones tradicionales de la ciudad.
En materia de reconocimientos, el Reglamento refuerza el carácter excepcional y solemne de las distinciones municipales, regulando figuras como los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo, los miembros honorarios de la Corporación, la Medalla de Oro, la Llave de la Ciudad y el título de Visitante Ilustre.
Una de las novedades más destacadas es la modificación del régimen de la Medalla de Oro de la Ciudad, estableciéndose que podrán concederse hasta un máximo de ocho medallas durante un mismo año. Esta distinción podrá reconocer los méritos extraordinarios de ciudadanos, personalidades, grupos, colectivos, asociaciones, empresas, entidades, instituciones o corporaciones que hayan prestado servicios relevantes a El Puerto o hayan contribuido a su prestigio. El Reglamento contempla expresamente también la posibilidad de distinguir a colectivos sin personalidad jurídica cuando concurran méritos suficientes.
La reforma establece además límites y procedimientos más claros para la concesión de estas distinciones, reforzando la seguridad jurídica, la transparencia y la objetividad en su otorgamiento. En el caso de los títulos de Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo, se mantiene su consideración como las máximas distinciones municipales y se fija un criterio especialmente restrictivo para preservar su valor.
Asimismo, se crea el Libro de Oro de la Ciudad, destinado a recoger la firma de personalidades relevantes que visiten la Casa Consistorial, como testimonio de su vinculación institucional con El Puerto.
Con esta actualización, el Ayuntamiento pretende disponer de un marco normativo único, moderno y ordenado, que preserve las tradiciones y la identidad institucional de El Puerto de Santa María y, al mismo tiempo, facilite una aplicación homogénea y transparente del protocolo y de los reconocimientos municipales.
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