Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

Continuar...

Redacción
Lunes, 10 de Noviembre de 2025 Tiempo de lectura:
AGUAS

La factura de Apemsa, clara como el agua

La factura es fundamental en cualquier transacción comercial. Proporciona transparencia, seguridad y cumplimiento fiscal. En la factura del agua que proporciona APEMSA, lo primero que hay que saber es que los consumidores no pagamos únicamente por el agua que consumimos, sino también por el servicio que recibimos; por eso, es importante que conozcamos los conceptos que en ella aparecen.

 

En la factura del agua se incluyen varios puntos: primero los servicios proporcionados directamente por la empresa municipal, como son el suministro de agua y su posterior depuración y el canon de mejora local. Otro concepto es el canon autonómico de infraestructuras hidráulicas, recaudado para la Junta de Andalucía y, finalmente, la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos (basura), facturada para el Ayuntamiento. ¿Quieres saber cómo se factura cada uno? ¡¡Te lo aclaramos!!

 

Abastecimiento: Se refiere a la provisión de agua potable y segura para satisfacer las necesidades humanas, industriales y agrícolas. El abastecimiento tiene una cuota fija o de servicio y una cuota variable o de consumo. La cuota de servicio va en función del contador instalado y es lo que pagamos por tener la disponibilidad del servicio, lo usemos o no, ya que las infraestructuras del servicio de agua, como tuberías, depósitos, etc, hay que mantenerlas en buen estado. La cuota de consumo se factura por bloques de manera que, bajo criterios de sostenibilidad, se paga solo por el agua consumida y en función del uso que se haga de la misma (doméstica, industrial, etc). Se premia el bajo consumo y se penaliza el consumo excesivo de agua.

 

El abastecimiento incluye también la cuota de trasvase, un concepto que se recauda para pagar por el trasvase de agua desde el río Guadiaro-Majaceite al Pantano de los Hurones, desde donde el Consorcio de Aguas de la Zona gaditana le suministra el agua potable a El Puerto de Santa María y otras poblaciones de la provincia.

 

Saneamiento (donde se incluyen alcantarillado y depuración), engloba los costes de la evacuación de las aguas residuales y su tratamiento y depuración en las depuradoras de El Puerto de Santa María, antes de devolverla en el mejor estado posible al medio ambiente. Tiene también cuota fija o de servicio y cuota variable o de saneamiento. La cuota de servicio es lo que pagamos por tener la disponibilidad del servicio, lo usemos o no, ya que las infraestructuras del Servicio de saneamiento como bombeos, depuradora, etc, hay que mantenerlas en buen estado. El importe de la cuota de servicio va en función del contador instalado. La cuota de saneamiento se factura por bloques de manera que, bajo criterios de sostenibilidad, se paga en función del uso que se haga del agua (doméstico, industrial…) y del volumen contabilizado.

 

El canon de Mejora Local es un concepto transitorio destinado a financiar las infraestructuras hidráulicas de la Ciudad (tanto en zonas nuevas como para mejorar las existentes). Consta también de una cuota fija y una cuota variable.

 

 

El canon autonómico de depuración es un impuesto que se recauda a través de las empresas suministradoras para ingresarlo a la Junta de Andalucía. Con este importe, la Junta debe acometer una serie de obras para mejorar la depuración de aguas residuales de la Comunidad Autónoma. Consta también de una cuota fija y una cuota variable

 

¿Te queda alguna duda? ¿Quieres saber el marco legal de cada concepto? Tienes toda la información publicada en: https://www.apemsa.es/web/guest/tarifas

 

Conocer exactamente lo que pagamos nos hace valorar mejor el servicio que recibimos. Lee bien tu factura, detrás de ella hay muchas instalaciones y personas trabajando para tí las 24 horas del día, los 365 días del año.

Comentarios Comentar esta noticia
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.15

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.