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Redacción
Jueves, 21 de Agosto de 2025 Tiempo de lectura:
ECONOMÍA

Convocatoria de ayudas destinadas al Fomento del Trabajo Autónomo

Desde la Concejalía de Empresas y Autónomos se informa que la Junta de Andalucía ha lanzado para los años 2025 y 2026 las ayudas destinadas al fomento del trabajo autónomo en Andalucía, dentro de la Línea 2: Inicio de Actividad.

Estas subvenciones, que se suman a las de la Línea 1: Cuota Cero, buscan impulsar el emprendimiento y apoyar económicamente a las personas que inician un negocio como autónomos en la comunidad andaluza.

Los beneficiarios de la Línea 2 de Inicio de Actividad serán:

• Personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, así como los trabajadores del mar, que disfruten de la reducción prevista en el artículo 38 de la Ley 20/2007 (Tarifa Plana estatal).

 

• Con efectos retroactivos, podrán acceder a esta ayuda los autónomos que iniciaron su actividad entre el 30 de septiembre de 2024 y el 11 de agosto de 2025.

 

Quedan excluidos:

• Autónomos colaboradores.

• Autónomos societarios (mercantiles, sociedades laborales o cooperativas).

• Personas que ejerzan funciones de dirección o gerencia en estas sociedades.

 

Requisitos para solicitar la ayuda:

• Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

• Ser beneficiario de la cuota reducida de autónomos (Ley 20/2007).

• Desarrollar la actividad económica o profesional en Andalucía.

• Presentar un plan de viabilidad con un resultado positivo en todas las anualidades.

 

Cuantía de la subvención:

El importe de la subvención variará entre 3.800 € y 5.500 €, en función de la edad, el sexo y el lugar donde se desarrolle la actividad:

• Mujeres autónomas menores de 35 años: 5.000 €

• Hombres autónomos menores de 30 años: 5.000 €

• Mujeres autónomas de 35 años o más: 3.800 €

• Hombres autónomos de 30 años o más: 3.800 €

En el caso de que la actividad se desarrolle en municipios con menos de 10.000 habitantes, la cuantía podrá incrementarse hasta un máximo de 5.500 €.

Quienes reciban esta ayuda deberán cumplir entre otros, los siguientes compromisos:

• Mantener la condición de autónomo durante al menos 12 meses consecutivos desde la fecha de la solicitud.

• No compatibilizar la actividad por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena superior al 25% del periodo subvencionado.

• Estar al corriente con la AEAT, la Seguridad Social y la Junta de Andalucía.

Plazos de solicitud:

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 12 de agosto de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.

• Para nuevas altas en el RETA: se dispondrá de 2 meses desde la fecha de alta para presentar la solicitud.

• Para los autónomos dados de alta entre el 30 de septiembre de 2024 y el 11 de agosto de 2025, el plazo será de dos meses desde el 12 de agosto de 2025.

 

Más información y apoyo en la tramitación de estas ayudas:

 

Oficina de Atención al Empresario

Delegación de Empresas y Autónomos

Calle Delta, 1, Mod. 1 – Pol. Ind. Las Salinas

Email: ptocde@elpuertodesantamaria.es | Teléfonos: 956 860 677 – 650 385117

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